Las acciones deben ser promovidas en un plazo de seis meses tras el vencimiento de la suscripcion. Los accionistas perjudicados o directores pueden iniciar acciones legales.
Las acciones del artículo anterior deben ser promovidas en el término de seis (6) meses a partir del vencimiento del plazo de suscripción. Titulares. Las acciones pueden ser intentadas por el accionista perjudicado o cualquiera de los directores o síndicos. Limitación al derecho de preferencia. Condiciones.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si no se promueven las acciones dentro del plazo, se pierde el derecho a reclamar, lo que puede afectar la recuperacion de inversiones.
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Art. 195. Indemnizacion por privacion de derechos
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Art. 197. Limitacion del derecho de preferencia
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