El juez puede suspender la ejecución de resoluciones impugnadas si hay motivos graves, protegiendo a la sociedad de decisiones perjudiciales. Esto es un recurso para salvaguardar intereses.
El Juez puede suspender a pedido de parte, si existieren motivos graves y no mediare perjuicio para terceros, la ejecución de la resolución impugnada, previa garantía suficiente para responder por los daños que dicha medida pudiere causar a la sociedad. Sustanciación de la causa. Acumulación de acciones.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Una suspensión puede generar incertidumbre en la operativa de la sociedad y afectar la confianza de los accionistas y terceros.
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Art. 251. Impugnacion de decisiones asamblearias
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