LGS

Artículo 254. Responsabilidad de accionistas

Accionistas que votaron resoluciones nulas responden solidariamente por sus consecuencias, lo que implica un riesgo financiero. Esto subraya la importancia de la responsabilidad en la votacion.

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Texto Legal

— Los accionistas que votaran favorablemente las resoluciones que se declaren nulas, responden ilimitada y solidariamente de las consecuencias de las mismas, sin perjuicio de la responsabilidad que corresponda a los directores, síndicos e integrantes del consejo de vigilancia. Revocación del acuerdo impugnado. Una asamblea posterior podrá revocar el acuerdo impugnado. Esta resolución surtirá efecto desde entonces y no procederá la iniciación o la continuación del proceso de impugnación. Subsistirá la responsabilidad por los efectos producidos o que sean su consecuencia directa. 6º. De la Administración y Representación Directorio. Composición; elección.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Votar a favor de decisiones nulas puede resultar en pérdidas económicas significativas para los accionistas, afectando su patrimonio personal.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 254 del LGS?

Accionistas que votaron resoluciones nulas responden solidariamente por sus consecuencias, lo que implica un riesgo financiero. Esto subraya la importancia de la responsabilidad en la votacion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 254 de la LGS?

Votar a favor de decisiones nulas puede resultar en pérdidas económicas significativas para los accionistas, afectando su patrimonio personal.

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