LGS

Artículo 290. Sindicatura colegiada

Cuando la sindicatura es plural, se denomina 'Comisión Fiscalizadora' y debe seguir un reglamento específico. Esto fomenta un enfoque colaborativo en la fiscalización de la sociedad.

sindicaturacomision fiscalizadoragobernanzareglamento

Texto Legal

— Cuando la sindicatura fuere plural, actuará como cuerpo colegiado, y se denominará "Comisión Fiscalizadora". El estatuto reglamentará su constitución y funcionamiento. Llevará un libro de actas. El síndico disidente tendrá los derechos, atribuciones y deberes del artículo 294. Vacancia: Reemplazo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Una sindicatura colegiada puede ofrecer una supervisión más robusta y evitar decisiones unilaterales que podrían perjudicar a la sociedad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 290 del LGS?

Cuando la sindicatura es plural, se denomina 'Comisión Fiscalizadora' y debe seguir un reglamento específico. Esto fomenta un enfoque colaborativo en la fiscalización de la sociedad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 290 de la LGS?

Una sindicatura colegiada puede ofrecer una supervisión más robusta y evitar decisiones unilaterales que podrían perjudicar a la sociedad.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 290 del LGS?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 290 LGS desde tu celular