Este articulo regula la remocion del administrador, permitiendo a los socios comanditarios solicitarla judicialmente bajo ciertas condiciones. Proporciona un mecanismo de control sobre la administracion.
La remoción del administrador se ajustará al artículo 129, pero el socio comanditario podrá pedirla judicialmente, con justa causa, cuando represente no menos del Cinco por ciento(5 %) del capital. El socio comanditado removido de la administración tendrá derecho a retirarse de la sociedad o a transformarse en comanditario. Acefalía de la administración.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los socios deben estar al tanto de sus derechos para remover administradores, ya que esto les permite mantener el control sobre la gestion de la sociedad.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo