Cuando la administracion no puede funcionar, debe reorganizarse en un plazo de tres meses, nombrando un administrador provisorio. Esto asegura la continuidad operativa.
Cuando la administración no pueda funcionar, deberá ser reorganizada en el término de Tres (3) meses. Administrador provisorio. El síndico nombrará para este período un administrador provisorio, para el cumplimiento de los actos ordinarios de la administración, quien actuará con los terceros con aclaración de su calidad. En estas condiciones, el administrador provisorio no asume la responsabilidad del socio comanditado. Asamblea: partícipes.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La falta de reorganizacion o la designacion inadecuada de un administrador provisorio puede llevar a la inoperatividad de la sociedad, afectando su reputacion y operaciones.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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