El fiduciario no contrae responsabilidad personal, salvo en casos de dolo o culpa grave en el desempeño de sus funciones.
El fiduciario no contrae responsabilidad personal, salvo dolo o culpa grave en el desempeño de sus funciones. Emisión en el extranjero.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La limitación de responsabilidad del fiduciario puede generar una falta de incentivos para actuar con la debida diligencia, lo que podría poner en riesgo los intereses de los debenturistas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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