Establece las reglas de competencia judicial para controversias derivadas de la letra de cambio.
Son competentes para conocer de las acciones derivadas de la letra de cambio:
1. El juez del lugar de pago designado en la letra
2. El juez del domicilio del demandado
3. El juez que prevenga en el conocimiento del asunto
Las controversias derivadas de la letra de cambio son siempre de naturaleza mercantil, independientemente de la calidad de las partes.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: La eleccion del lugar de pago en el titulo tiene implicaciones directas sobre la competencia judicial. Al designar estrategicamente el lugar de pago, el acreedor puede litigar en una jurisdiccion mas conveniente. Recomendamos a nuestros clientes indicar como lugar de pago la ciudad donde tienen sus oficinas principales para facilitar el cobro judicial.
Art. 43. Lugar de pago del titulo
Establece las reglas para determinar el lugar donde debe pagarse el titulo de credito, incluyendo presunciones legales.
Art. 75. Actos de comercio en titulos de credito
Establece que las operaciones con titulos de credito son actos de comercio, independientemente de la calidad de las personas que los realicen.
Art. 136. Letra de cambio con vencimiento en dia festivo
Reitera que la letra con vencimiento en dia festivo es exigible el dia habil siguiente.
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Art. 136. Letra de cambio con vencimiento en dia festivo
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Art. 138. Documentos complementarios de la letra
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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