Regula las consecuencias de descubrir alteraciones en el texto de la letra de cambio durante el procedimiento de cobro.
Si durante el procedimiento de cobro se descubren alteraciones en el texto de la letra:
1. Los signatarios anteriores a la alteracion responden conforme al texto original
2. Los signatarios posteriores responden conforme al texto alterado
3. Si no puede determinarse la anterioridad o posterioridad, se presume que la firma es anterior a la alteracion
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: Las reglas sobre alteraciones protegen a los signatarios de buena fe que firmaron el titulo antes de la modificacion. En la practica, recomendamos que los titulos se llenen completamente al momento de la firma, sin dejar espacios en blanco que faciliten alteraciones posteriores. Un titulo con enmendaduras visibles pierde credibilidad y puede generar litigios costosos.
Art. 7. Alteracion del texto del titulo
Regula las consecuencias de la alteracion del texto de un titulo de credito. Los signatarios posteriores se obligan segun el texto alterado y los anteriores conforme al texto original.
Art. 142. Deber de custodia del titulo
Establece la obligacion del tenedor de custodiar adecuadamente el titulo de credito y las consecuencias de su negligencia.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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