LGTOC

Artículo 150. Reglas sobre el vencimiento anticipado

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Texto vigente — Sin reformas posteriores al 26 de marzo de 2024. Verificado en 2026.

Texto Legal

Artículo 150

- La acción cambiaria se ejercita: LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO
Secretaría de Servicios Parlamentarios
Última Reforma DOF 26-03-2024
24 de 118
I.- En caso de falta de aceptación o de aceptación parcial;
II.- En caso de falta de pago o de pago parcial;
III.- Cuando el girado o el aceptante fueren declarados en estado de quiebra o de concurso.
En los casos de las fracciones I y III, la acción puede deducirse aun antes del vencimiento por el
importe total de la letra, o tratándose de aceptación parcial, por la parte no aceptada.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 150 del LGTOC?

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