LGTOC

Artículo 161. Disposiciones transitorias de la letra de cambio

Establece reglas transitorias para las letras de cambio emitidas antes de la entrada en vigor de reformas.

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Texto Legal

Articulo 161 — Disposiciones Transitorias

Las letras de cambio emitidas antes de la entrada en vigor de reformas a esta ley se rigen por las disposiciones vigentes al momento de su emision.

Principio general

Se aplica el principio de irretroactividad de la ley, protegiendo los derechos adquiridos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: El principio de irretroactividad en materia cambiaria garantiza que las letras emitidas bajo una normatividad anterior conserven su validez. Esto es relevante cuando se promulgan reformas a la LGTOC, pues los titulos existentes se rigen por la ley vigente al momento de su emision. Las empresas deben verificar la legislacion aplicable segun la fecha de emision del titulo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 161 del LGTOC?

Establece reglas transitorias para las letras de cambio emitidas antes de la entrada en vigor de reformas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 161 de la Titulos y Operaciones de Credito?

SDV Asesores: El principio de irretroactividad en materia cambiaria garantiza que las letras emitidas bajo una normatividad anterior conserven su validez. Esto es relevante cuando se promulgan reformas a la LGTOC, pues los titulos existentes se rigen por la ley vigente al momento de su emision. Las empresas deben verificar la legislacion aplicable segun la fecha de emision del titulo.

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