Regula las clausulas de intereses en el pagare y la posibilidad de pagos parciales o en exhibiciones sucesivas.
El pagare puede contener:
1. Interes ordinario: Puede estipularse cualquier tasa de interes, que se causara desde la fecha de suscripcion o desde la que se indique
2. Interes moratorio: Se causa desde el dia del vencimiento
3. Pagos parciales: El pagare puede pactarse pagadero en exhibiciones sucesivas (parcialidades)
Si se pactan pagos parciales, puede incluirse una clausula de vencimiento anticipado por falta de pago de una o mas parcialidades.
A diferencia de la letra de cambio, el pagare si admite la estipulacion de intereses en todas sus modalidades de vencimiento y el pago en parcialidades.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: Este articulo es fundamental en la practica crediticia. La posibilidad de pactar pagos en parcialidades con clausula de vencimiento anticipado convierte al pagare en el instrumento ideal para documentar prestamos a plazos. Recomendamos especificar claramente: (1) el numero de parcialidades y su monto, (2) las fechas exactas de vencimiento de cada parcialidad, (3) la tasa de interes ordinario y moratorio, y (4) la clausula de vencimiento anticipado en caso de incumplimiento de cualquier parcialidad.
Art. 41. Intereses en titulos de credito
Regula los intereses pactados en titulos de credito, estableciendo que solo pueden estipularse en titulos pagaderos a la vista o a cierto tiempo vista.
Art. 107. Clausula de intereses en la letra
Regula la estipulacion de intereses en la letra de cambio, que solo es valida en letras a la vista o a cierto tiempo vista.
Art. 170. Requisitos del pagare
Enumera los requisitos esenciales del pagare: mencion de ser pagare, promesa incondicional de pago, epoca de pago, lugar de pago, nombre del beneficiario, fecha y lugar de suscripcion, y firma del suscriptor.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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