Contiene disposiciones finales sobre las obligaciones, remitiendose a la legislacion del mercado de valores para lo no previsto.
En lo no previsto por este capitulo, las obligaciones se rigen por:
1. La Ley del Mercado de Valores para obligaciones objeto de oferta publica
2. Las disposiciones de la CNBV aplicables
3. La Ley General de Sociedades Mercantiles en lo relativo a la sociedad emisora
4. Las reglas generales de esta ley sobre titulos de credito
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: La interaccion entre la LGTOC, la Ley del Mercado de Valores y las disposiciones de la CNBV crea un marco regulatorio integral para las obligaciones. Las empresas emisoras deben contar con asesoria legal especializada para navegar estas multiples capas normativas y evitar incumplimientos regulatorios.
Art. 2. Actos y operaciones en titulos de credito
Establece que los actos y operaciones relativos a titulos de credito se rigen por esta ley, por la legislacion mercantil general, por los usos bancarios y mercantiles, y por el derecho comun.
Art. 208. Obligaciones (bonos corporativos) - definicion
Define las obligaciones como titulos de credito emitidos en serie por sociedades anonimas que representan la participacion individual de sus tenedores en un credito colectivo.
Art. 227. Responsabilidad del representante comun
Establece la responsabilidad del representante comun de los obligacionistas por incumplimiento de sus deberes.
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Art. 227. Responsabilidad del representante comun
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Art. 229. Operaciones de credito - disposiciones generales
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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