LGTOC

Artículo 292. Disposiciones del credito

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Texto vigente — Sin reformas posteriores al 26 de marzo de 2024. Verificado en 2026.

Texto Legal

Artículo 292

- Si las partes fijaron límite al importe del crédito, se entenderá, salvo pacto en contrario,
que en él quedan comprendidos los intereses, comisiones y gastos que deba cubrir el acreditado.
Artículo reformado DOF 31-08-1933

Preguntas Frecuentes

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