Regula las condiciones de reembolso del credito dispuesto por el acreditado.
El acreditado esta obligado a reembolsar al acreditante las sumas de que disponga o a cubrir oportunamente el importe de las obligaciones que el acreditante haya contraido por su cuenta.
1. El reembolso se hace en los plazos y formas pactados
2. Incluye el pago de intereses sobre las cantidades dispuestas
3. Incluye el pago de comisiones pactadas
4. El incumplimiento puede generar vencimiento anticipado
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: El reembolso oportuno del credito es esencial para mantener una buena relacion bancaria y un historial crediticio favorable. Las empresas deben alinear sus flujos de ingreso con el calendario de pagos del credito para evitar incumplimientos que activen el vencimiento anticipado.
Anterior
Art. 292. Disposiciones del credito
Siguiente
Art. 294. Credito en cuenta corriente (revolvente)
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo