Regula la apertura de credito confirmada por un tercero, generalmente otra institucion de credito.
La apertura de credito puede ser confirmada por otra institucion de credito, que se obliga directamente frente al acreditado o frente al beneficiario.
1. El confirmante asume una obligacion directa de pago
2. El credito adquiere mayor seguridad para el beneficiario
3. Es comun en operaciones de comercio internacional (creditos documentarios confirmados)
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: El credito confirmado es esencial en operaciones de comercio internacional, ya que agrega la garantia de un segundo banco. Para empresas mexicanas que importan o exportan, un credito documentario confirmado por un banco de prestigio internacional reduce significativamente el riesgo de contraparte en transacciones transfronterizas.
Art. 291. De la apertura de credito - definicion
Define la apertura de credito como el contrato por el cual el acreditante se obliga a poner una suma de dinero a disposicion del acreditado.
Art. 299. Comisiones en la apertura de credito
Regula las comisiones que el acreditante puede cobrar en la apertura de credito.
Art. 302. De la carta de credito - definicion
Define la carta de credito como el documento por el cual el dador se dirige a un destinatario obligandose a pagar al beneficiario una suma de dinero.
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Art. 299. Comisiones en la apertura de credito
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