Regula el fideicomiso irrevocable, que no puede ser modificado ni revocado por el fideicomitente una vez constituido.
El fideicomiso se considera irrevocable cuando el fideicomitente renuncia expresamente a la facultad de revocarlo.
1. El fideicomitente no puede recuperar los bienes fideicomitidos
2. Los terminos del fideicomiso no pueden modificarse unilateralmente
3. Protege los derechos del fideicomisario contra cambios de voluntad del fideicomitente
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: La irrevocabilidad otorga maxima seguridad al fideicomisario, pues el fideicomitente no puede revertir la transmision. En fideicomisos de garantia, la irrevocabilidad es practica estandar exigida por los bancos. Para planeacion patrimonial, debe evaluarse cuidadosamente si la irrevocabilidad es conveniente, pues implica perdida definitiva de control sobre los bienes.
Art. 334. Del fideicomiso - definicion
Define el fideicomiso como el acto por el cual el fideicomitente transmite bienes a una institucion fiduciaria para que los destine a fines licitos y determinados en beneficio del fideicomisario.
Art. 336. El fideicomitente
Regula la capacidad y derechos del fideicomitente en el fideicomiso.
Art. 346. Fideicomiso testamentario
Regula el fideicomiso constituido por testamento, que surte efectos a la muerte del fideicomitente.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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