- Desechada la oposición, será el oponente quien pague las costas, daños y perjuicios
ocasionados por ella al reclamante, y el Juez mandará que se entregue a esté el título depositado.LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO
Secretaría de Servicios Parlamentarios
Última Reforma DOF 26-03-2024
11 de 118
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo