- Admitida la oposición en sentencia definitiva, quedarán de pleno derecho revocados el
decreto de cancelación y las órdenes de suspensión y de pago o de reposición a que se refiere el artículo
45, y la parte condenada debe reparar los daños y perjuicios que hubieren causado al oponente dichas
resoluciones y, además pagará las costas del procedimiento.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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