- El que negocie un título nominativo habiéndolo adquirido de mala fe, es responsable de
los daños y perjuicios que con ello ocasione al endosatario de buena fe o al dueño del documento,
cualquiera que sea la causa que privó a éste de su posesión.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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