NIA-ES 260

Artículo 17. NIA-ES 260 — Párrafo 17

Texto Legal

El auditor se comunicará con los responsables del gobierno de la entidad acerca de los
requerimientos de ética, incluidos los relacionados con la independencia, que el auditor
aplica en el encargo de auditoría, incluido si procede dadas las circunstancias, cualquier
requerimiento relacionado con la independencia específico para auditorías de estados
financieros de determinadas entidades. (Ref: Apartado A29)

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 17 del NIA-ES 260?

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