La naturaleza y extensión de la consideración por el auditor tiene en cuenta los riesgos
valorados de incorrección material en las afirmaciones para las que el uso de información
externa es relevante, el grado en el que el uso de dicha información es relevante para los
motivos de los riesgos de incorrección material y la posibilidad de que la información de
NIA-ES 500 14
EVIDENCIA DE AUDITORÍA
fuentes externas pueda no ser fiable (por ejemplo, si procede o no de una fuente fiable).
Basándose en la consideración del auditor de las cuestiones descritas en el apartado A39,
el auditor puede determinar que es necesario un mayor conocimiento de la entidad y su
entorno, incluido su control interno, de conformidad con la NIA 315 (Revisada 2019), o
que son adecuados en las circunstancias procedimientos de auditoría posteriores, de
conformidad con la NIA 33020 y con la NIA 540 (Revisada)21, en su caso, para responder a
los riesgos valorados de incorrección material relacionados con el uso de información
procedente de una fuente externa. Estos procedimientos pueden incluir lo siguiente:
• Realizar una comparación entre la información obtenida de la fuente de información
externa e información obtenida de una fuente de información alternativa
independiente.
• Cuando sea pertinente a la consideración del uso por la dirección de una fuente de
información externa, obtener un conocimiento de los controles establecidos por la
dirección para considerar la fiabilidad de la información procedente de fuentes
externas y, posiblemente, comprobar la eficacia operativa de dichos controles.
• Realizar procedimientos para obtener información de la fuente de información
externa para conocer sus procesos, técnicas e hipótesis con objeto de identificar,
conocer y, de ser aplicable, comprobar la eficacia operativa de sus controles.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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