NIA-ES 500

Artículo A49. NIA-ES 500 — Párrafo A49

Texto Legal

La información relativa a la competencia, capacidad y objetividad de un experto de la
dirección puede proceder de diversas fuentes, tales como:
• La experiencia personal con trabajos anteriores de dicho experto.
• Las discusiones con dicho experto.
• Las discusiones con terceros que están familiarizados con el trabajo de dicho experto.
• El conocimiento de las cualificaciones de dicho experto, su pertenencia a un
organismo profesional o una asociación del sector, su autorización para ejercer, u
otras formas de reconocimiento externo.
• Los artículos publicados o libros escritos por el experto.
• Un experto del auditor, en su caso, que facilite a éste último la obtención de evidencia
de auditoría suficiente y adecuada con respecto a la información generada por el
experto de la dirección.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo A49 del NIA-ES 500?

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