NIC 40

Artículo 31. 31

Texto Legal

31
La NIC 8 Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores
señala que se realizará un cambio voluntario en las políticas contables únicamente si
dicho cambio diese lugar a que los estados financieros proporcionen información más
relevante y fiable sobre los efectos de las transacciones, otros eventos o condiciones
sobre la situación financiera de la entidad, el rendimiento financiero o los flujos de
efectivo. Es altamente improbable que un cambio del modelo del valor razonable al
modelo del costo proporcione una presentación más relevante.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 31 del NIC 40?

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