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Artículo B22. B22 Un inversor, al evaluar si tiene poder, considerará solo los derechos sustantivos relacionados con una

Texto Legal

B22 Un inversor, al evaluar si tiene poder, considerará solo los derechos sustantivos relacionados con una
participada (mantenidos por el inversor y otros). Para que un derecho sea sustantivo, el tenedor debe poseer
la capacidad factible de ejercer ese derecho.
B23 La determinación de si los derechos son sustantivos requiere juicio profesional, teniendo en cuenta todos los
hechos y circunstancias. Los factores a considerar para llevar a cabo esa determinación incluyen pero no se
limitan a:
(a) Si existen barreras (económicas o de otro tipo) que impidan al tenedor (o tenedores) el ejercicio
de los derechos. Ejemplos de estas barreras incluyen pero no se limitan a:
(i) Penalizaciones financieras e incentivos que impedirían (o disuadirían) al tenedor del
ejercicio de sus derechos.
(ii) Un precio de ejercicio o conversión que crea una barrera financiera que impediría (o
disuadiría) al tenedor del ejercicio de sus derechos.
(iii) Términos y condiciones que hacen improbable que los derechos fueran ejercidos, por
ejemplo, condiciones que reducen el límite temporal de su ejercicio.
(iv) La ausencia de un mecanismo razonable, explícito, en los documentos de constitución
de una participada o en las leyes o regulaciones aplicables que permitiría al tenedor
ejercer sus derechos.
(v) La incapacidad del tenedor de los derechos de obtener la información necesaria para
ejercer sus derechos.
(vi) Barreras operativas o incentivos que impedirían (o disuadirían) al tenedor del ejercicio
de sus derechos (por ejemplo, la ausencia de otros gerentes con voluntad o capacidad
de proporcionar servicios especializados o proporcionar los servicios y hacerse cargo
de otras participaciones mantenidas por el gerente implicado).

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(vii) Requerimientos legales o de regulación que impiden al tenedor el ejercicio de sus
derechos (por ejemplo, cuando se prohíbe a un inversor extranjero el ejercicio de sus
derechos).
(b) Cuando el ejercicio de los derechos requiere el acuerdo de más de una parte, o cuando los
derechos se mantienen por más de una parte, si existe o no un mecanismo que proporciona a esas
partes la capacidad factible de ejercer sus derechos de forma colectiva en el caso de que decidan
hacerlo así. La ausencia de tal mecanismo es un indicador de que los derechos pueden no ser
sustantivos. Cuantas más partes estén obligadas a ponerse de acuerdo para ejercer los derechos,
menos probable será que esos derechos sean sustantivos. Sin embargo, un consejo de
administración cuyos miembros son independientes de quien toma decisiones puede servir como
mecanismo para que numerosos inversores actúen de forma colectiva en el ejercicio de sus
derechos. Por ello, es más probable que derechos de destitución ejercitables por un consejo de
administración independiente sean sustantivos, que si los mismos derechos fueran ejercitables
individualmente por un gran número de inversores.
(c) Si la parte o partes que mantienen los derechos se beneficiarían del ejercicio de esos derechos.
Por ejemplo, el tenedor de derechos de voto potenciales en una participada (véanse los párrafos
B47 a B50) considerará el precio de ejercicio o conversión del instrumento. Las cláusulas y
condiciones de los derechos de voto potenciales son más probables que sean sustantivos cuando
el instrumento tiene un precio favorable o el inversor se beneficiaría por otras razones (por
ejemplo, mediante la realización de sinergias entre el inversor y la participada) del ejercicio o
conversión del instrumento.
B24 Cuando las decisiones sobre la dirección de las actividades de relevancia necesitan realizarse, para ser
sustantivos, los derechos también necesitan ser ejercitables. Usualmente, para ser sustantivos, los derechos
necesitan ser ejercitables en el presente. Sin embargo, algunas veces los derechos pueden ser sustantivos,
aun cuando los derechos no sean ejercitables en el presente.

Ejemplos de aplicación

Ejemplo 3
La participada tiene reuniones anuales de accionistas en las se toman decisiones para dirigir las
actividades relevantes. La próxima reunión programada de accionistas es dentro de ocho meses. Sin
embargo, los accionistas que de forma individual o colectiva mantienen al menos el 5 por ciento de los
derechos de voto pueden convocar una reunión extraordinaria para cambiar las políticas existentes sobre
las actividades relevantes, aunque los requerimientos de convocatoria a los otros accionistas implican
que esta reunión no podrá celebrarse antes de 30 días. Las políticas sobre las actividades relevantes
pueden cambiarse solo en reuniones de accionistas programadas o extraordinarias. Esto incluye la
aprobación de ventas significativas de activos, así como la realización o disposición de inversiones
significativas.
Los anteriores hechos y circunstancias ocurridos se aplican a los ejemplos 3A a 3D que se describen a
continuación. Cada ejemplo se considera de forma aislada.
Ejemplo 3A
Un inversor mantiene una mayoría de derechos de voto en la participada. Los derechos de voto del
inversor son sustantivos porque el inversor es capaz de tomar decisiones sobre la dirección de las
actividades relevantes cuando necesitan tomarse. El hecho de que vayan a transcurrir 30 días antes de
que el inversor pueda ejercer sus derechos de voto no impide que el inversor tenga la capacidad presente
de dirigir las actividades relevantes a partir del momento en que el inversor adquiere la participación.
Ejemplo 3B
Un inversor es parte de un contrato a término para adquirir la mayoría de las acciones de la participada.
La fecha de liquidación del contrato a término es de 25 días. Los accionistas existentes no son capaces de
cambiar las políticas existentes sobre las actividades relevantes porque una reunión extraordinaria no se
puede mantener hasta pasados 30 días, en cuyo momento el contrato a término habrá sido liquidado. Por
ello, el inversor tiene derechos que son esencialmente equivalentes a la mayoría de los accionistas del
ejemplo 3A anterior (es decir, el inversor que mantiene el contrato a término puede tomar decisiones
sobre la dirección de las actividades relevantes cuando necesiten tomarse). El contrato a término del
inversor es un derecho sustantivo que otorga al inversor la capacidad presente de dirigir las actividades
relevantes incluso antes de que se liquide el contrato a término.

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Ejemplos de aplicación

Ejemplo 3C
Un inversor mantiene una opción sustantiva para adquirir la mayoría de las acciones de la participada
que es ejercitable en 25 días y el precio es muy favorable. Se llegaría a la misma conclusión que en el
ejemplo 3B.
Ejemplo 3D
Un inversor es parte de un contrato a término para adquirir la mayoría de las acciones de la participada
sin otros derechos relacionados con ésta. La fecha de liquidación del contrato a término es dentro de seis
meses. Al contrario de los ejemplos anteriores, el inversor no tiene la capacidad presente de dirigir las
actividades relevantes. Los accionistas existentes tienen la capacidad presente de dirigir las actividades
relevantes porque pueden cambiar las políticas existentes sobre dichas actividades antes de que se liquide
el contrato a término.

Preguntas Frecuentes

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