B5 Al evaluar el control de una participada, un inversor considerará el propósito y diseño de una participada
para identificar las actividades relevantes, la forma en que se toman las decisiones sobre dichas actividades
relevantes, quién tiene la capacidad presente de dirigir esas actividades y quién recibe los rendimientos de
éstas.
B6 Cuando se consideran el propósito y diseño de una participada, puede quedar claro que una participada está
controlada por medio de instrumentos de patrimonio que otorgan al tenedor derechos de voto
proporcionales, tales como acciones ordinarias de la participada. En este caso, en ausencia de cualesquiera
acuerdos adicionales que alteren la toma de decisiones, la evaluación de control se centrará en qué parte, si
la hubiera, es capaz de ejercitar los derechos de voto suficientes para determinar las políticas financiera y de
operación de la participada (véanse los párrafos B34 a B50). En el caso más sencillo, el inversor que
mantiene una mayoría de esos derechos de voto, en ausencia de otros factores, controla la participada.
B7 Para determinar si un inversor controla una participada en casos más complejos, puede ser necesario
considerar algunos o todos los demás factores del párrafo B3.
B8 Una participada puede diseñarse de forma que los derechos de voto no sean el factor dominante para decidir
quién controla la participada, como pasa cuando los derechos de voto se relacionan con las tareas
administrativas y las actividades relevantes se dirigen por medio de acuerdos contractuales. En estos casos,
la consideración por parte de un inversor del propósito y diseño de la participada incluirá también la de los
riesgos para los que la participada fue diseñada para ser expuesta, los riesgos que se diseñaron para
transferir a las partes involucradas en dicha participada y si el inversor está expuesto a alguno o todos de
©
IFRS Foundation 7
NIIF 10
esos riesgos. La consideración de los riesgos incluye no solo el riesgo a la disminución del valor de la
inversión sino también el potencial aumento del valor de ésta.
Anterior
Art. B2. B2 Para determinar si un inversor controla una participada éste evaluará si presenta todos los siguientes
Siguiente
Art. B9. B9 Para tener poder sobre una participada, un inversor debe tener derechos existentes que den al inversor la
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo