B5.5.44 Las pérdidas crediticias esperadas se descontarán en la fecha de presentación, no en la fecha del
incumplimiento esperado u otra fecha, utilizando la tasa de interés efectiva determinada en el momento del
reconocimiento inicial o una aproximación de la misma. Si un instrumento financiero tiene una tasa de
interés variable, las pérdidas crediticias esperadas deberán descontarse utilizando la tasa de interés efectiva
real determinada de acuerdo con el párrafo B5.4.5.
©
IFRS Foundation 81
B5.5.45 Para activos financieros comprados u originados con deterioro de valor crediticio, [las pérdidas crediticias
esperadas se descontarán usando la tasa de interés efectiva crediticia ajustada determinada en el
reconocimiento inicial.
B5.5.46 Las pérdidas crediticias esperadas sobre cuentas por cobrar por arrendamiento deberán descontarse
utilizando la misma tasa de descuento utilizada en la medición de la cuenta por cobrar por arrendamiento de
acuerdo con la NIIF 16.
B5.5.47 Las pérdidas crediticias esperadas sobre un compromiso de préstamo deberán descontarse utilizando la tasa
de interés efectiva, o una aproximación de la misma, que se aplicará al reconocer el activo financiero
procedente del compromiso de préstamo. Esto es así, porque el propósito de aplicar los requerimientos de
deterioro de valor al activo financiero que se reconoce después de una disposición de un compromiso de
préstamo deberá tratarse como una continuación de ese compromiso, en lugar de como un instrumento
financiero nuevo. Las pérdidas crediticias esperadas de un activo financiero deberán, por ello, medirse
considerando el riesgo crediticio inicial del compromiso de préstamo desde la fecha en que la entidad pasó a
ser parte del compromiso irrevocable.
B5.5.48 Las pérdidas crediticias esperadas sobre contratos de garantía financiera o sobre compromisos de préstamo
para los que la tasa de interés efectiva no puede determinarse deberán descontarse aplicando una tasa de
descuento que refleje la evaluación real del mercado del valor temporal del dinero y los riesgos que son
específicos de los flujos de efectivo, pero solo si, y en la medida en que, los riesgos se tengan en cuenta
ajustando la tasa de descuento en lugar de ajustar las insuficiencias de efectivo que están siendo
descontadas.
Información razonable y sustentable
Anterior
Art. B5.5.41. B5.5.41 El propósito de estimar pérdidas crediticias esperadas no es estimar el escenario más desfavorable ni
Siguiente
Art. B5.5.49. B5.5.49 A efectos de esta Norma, información razonable y sustentable es la que está razonablemente disponible en
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo