B6.4.4 El requerimiento de que exista una relación económica significa que el instrumento de cobertura y la partida
cubierta tienen valores que se mueven, generalmente, en la dirección opuesta debido al mismo riesgo, que
es el riesgo cubierto. Por ello, debe haber una expectativa de que el valor del instrumento de cobertura y el
valor de la partida cubierta cambiará de forma sistemática en respuesta a movimientos en el mismo
subyacente o subyacentes que están económicamente relacionados de tal forma que responden de forma
similar al riesgo que está siendo cubierto (por ejemplo, el petróleo crudo Brent y WTI).
B6.4.5 Si los subyacentes no son los mismos pero están relacionados económicamente, puede haber situaciones en
las que los valores del instrumento de cobertura y de la partida cubierta se muevan en la misma dirección,
por ejemplo, porque el diferencial del precio entre los dos subyacentes relacionados cambia mientras que
los subyacentes en sí mismos no se muevan de forma significativa. Ello aún es congruente con una relación
económica entre el instrumento de cobertura y la partida cubierta si los valores del instrumento de cobertura
y de la partida cubierta aún se espera que normalmente se muevan en dirección opuesta cuando se muevan
los subyacentes.
B6.4.6 La evaluación de si existe una relación económica incluye un análisis del comportamiento posible de la
relación de cobertura durante su duración para establecer si puede esperarse que esta relación cumpla el
objetivo de gestión de riesgos. La mera existencia de una correlación estadística entre dos variables no
apoya una conclusión válida de que existe una relación económica.
El efecto del riesgo crediticio
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Art. B6.4.1. B6.4.1 La eficacia de la cobertura es la medida en que los cambios en el valor razonable o los flujos de efectivo del
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Art. B6.4.7. B6.4.7 Puesto que el modelo de contabilidad de coberturas se basa en la idea general de compensación entre
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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