PEF 2026

Artículo 21. Programas de inclusion y desarrollo comunitario

Establece las asignaciones para programas complementarios de inclusion social y desarrollo comunitario, incluyendo la Pension para Personas con Discapacidad, el programa de Mejoramiento Urbano, Tandas para el Bienestar, y los programas dirigidos a pueblos indigenas y afromexicanos.

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Texto Legal

Articulo 21 - Programas de inclusion y desarrollo comunitario

Los programas de inclusion social y desarrollo comunitario contaran con las siguientes asignaciones:

Programas de inclusion


ProgramaMonto (mdp)Beneficiarios
Pension para Personas con Discapacidad Permanente28,5001,200,000
Tandas para el Bienestar5,200350,000
Programa de Mejoramiento Urbano12,500850 municipios
Programa Nacional de Reconstruccion8,200Variable
Programa de Apoyo a Madres Trabajadoras4,800280,000

Pueblos indigenas y afromexicanos


ProgramaMonto (mdp)
Programa de Infraestructura Indigena8,500
Programa de Apoyo a la Educacion Indigena3,200
Programa de Derechos Indigenas2,100
Produccion alimentaria en zonas indigenas1,800
**Total pueblos indigenas****15,600**

Vivienda


ProgramaMonto (mdp)
Programa de Vivienda Social18,000
Programa de Mejoramiento de Vivienda8,500
CONAVI - Subsidios a la vivienda6,200
**Total vivienda****32,700**

Mecanismos de focalizacion

Los programas de inclusion utilizaran los siguientes criterios de focalizacion:

1. Indice de marginacion del CONAPO para priorizar municipios y localidades
2. Padron Unico de Beneficiarios para evitar duplicidades
3. Estudios socioeconomicos para verificar la condicion de vulnerabilidad
4. Censos del Bienestar como fuente primaria de identificacion de beneficiarios

Participacion comunitaria

Los programas de desarrollo comunitario promoveran la participacion de las asambleas comunitarias y los comites de beneficiarios en la planeacion, supervision y evaluacion de las obras y acciones.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los programas de inclusion complementan los tres programas prioritarios del articulo 19 y extienden la red de proteccion social. El gasto en vivienda ($32,700 mdp) es relevante para desarrolladores inmobiliarios y el sector construccion. Las empresas que operan en zonas indigenas deben considerar estos programas como fuentes potenciales de demanda local. La focalizacion mediante indices de marginacion determina en que municipios se concentran los recursos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 21 del PEF 2026?

Establece las asignaciones para programas complementarios de inclusion social y desarrollo comunitario, incluyendo la Pension para Personas con Discapacidad, el programa de Mejoramiento Urbano, Tandas para el Bienestar, y los programas dirigidos a pueblos indigenas y afromexicanos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 21 de la Presupuesto de Egresos 2026?

Los programas de inclusion complementan los tres programas prioritarios del articulo 19 y extienden la red de proteccion social. El gasto en vivienda ($32,700 mdp) es relevante para desarrolladores inmobiliarios y el sector construccion. Las empresas que operan en zonas indigenas deben considerar estos programas como fuentes potenciales de demanda local. La focalizacion mediante indices de marginacion determina en que municipios se concentran los recursos.

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