Los integrantes de las comisiones de seguridad e higiene deben recibir capacitacion en materia de seguridad y salud para el desempeno de sus funciones.
Los integrantes de las comisiones deben recibir capacitacion adecuada.
- Marco legal de seguridad y salud en el trabajo
- Identificacion de riesgos y condiciones inseguras
- Investigacion de accidentes
- Tecnicas de inspeccion de seguridad
- Elaboracion de actas y reportes
- NOM aplicables al centro de trabajo
El patron debe proporcionar la capacitacion necesaria y otorgar facilidades de tiempo para que los integrantes de la comision cumplan sus funciones.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: La capacitacion de los integrantes de la comision es esencial para que cumplan efectivamente sus funciones. Hemos observado que comisiones sin capacitacion tienden a ser inoperantes y a pasar por alto riesgos evidentes. Recomendamos programar al menos una capacitacion anual que incluya aspectos legales, tecnicas de inspeccion y metodologias de investigacion de accidentes.
Art. 31. Comisiones de seguridad e higiene
Los patrones deben constituir e integrar comisiones mixtas de seguridad e higiene en los centros de trabajo, con representantes del patron y de los trabajadores.
Art. 32. Funciones de las comisiones de seguridad e higiene
Las comisiones de seguridad e higiene tienen funciones de verificacion, investigacion de accidentes, propuesta de medidas preventivas y vigilancia del cumplimiento de las normas de seguridad.
Art. 35. Proteccion a los integrantes de las comisiones
Los integrantes de las comisiones de seguridad e higiene no podran ser sancionados ni despedidos por el ejercicio de sus funciones en la comision.
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Art. 35. Proteccion a los integrantes de las comisiones
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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