Establece las reglas para declaracion informativa de partes relacionadas extranjeras, precisando los lineamientos y formalidades que los contribuyentes deben observar conforme a el articulo 76-A de la Ley.
Para los efectos de el articulo 76-A de la Ley, se observaran las siguientes disposiciones:
Las personas morales deberan cumplir con la obligacion relativa a formulario de informativa, conforme a los plazos y requisitos establecidos en la Ley.
El procedimiento para datos de operaciones se llevara a cabo mediante los formatos y medios electronicos que establezca el SAT.
Los contribuyentes conservaran la documentacion relativa a montos por tipo de operacion durante el plazo previsto en el Codigo Fiscal.
Las disposiciones relativas a partes relacionadas del extranjero se observaran conforme a las reglas de caracter general aplicables.
La informacion sobre plazo de presentacion en diciembre se presentara ante el SAT en los terminos y plazos que este establezca.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La declaracion informativa de partes relacionadas extranjeras es una obligacion anual que requiere informacion detallada de operaciones intercompania internacionales. SDV Asesores advierte que la omision o presentacion incompleta de esta informacion puede resultar en multas de hasta el 100% del beneficio fiscal obtenido. La coordinacion con las entidades extranjeras del grupo es esencial para recopilar la informacion requerida.
Art. 90. Declaraciones informativas de personas morales
Establece las obligaciones de las personas morales de presentar declaraciones informativas al SAT sobre operaciones con terceros, pagos a residentes en el extranjero y otras operaciones relevantes.
Art. 101. Documentacion de precios de transferencia nacionales
Establece las reglas para documentacion de precios de transferencia nacionales, precisando los lineamientos y formalidades que los contribuyentes deben observar conforme a el articulo 76 fraccion IX de la Ley.
Anterior
Art. 105. Utilidad minima de operaciones de maquila
Siguiente
Art. 107. Dictamen fiscal de estados financieros
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo