RLISR

Artículo 189. Ingresos por intereses de personas fisicas

Desarrolla las disposiciones reglamentarias para el tratamiento de los ingresos por intereses obtenidos por personas fisicas, incluyendo las reglas de retencion, acumulacion y calculo del interes real.

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Texto Legal

Articulo 189 — Ingresos por Intereses de Personas Fisicas

Para los efectos del Capitulo VI del Titulo IV de la Ley, los contribuyentes que obtengan ingresos por intereses observaran lo siguiente:

I. Retencion definitiva o provisional

Las instituciones que integran el sistema financiero que paguen intereses efectuaran una retencion aplicando la tasa que para tal efecto establezca el Congreso de la Union en la Ley de Ingresos de la Federacion, sobre el monto del capital que de lugar al pago de intereses.

II. Interes real acumulable

Para efectos de la declaracion anual, los contribuyentes acumularan el interes real percibido, entendiendose como tal el monto en que los intereses excedan al ajuste anual por inflacion. Si el ajuste por inflacion es mayor que los intereses, el contribuyente tendra una perdida por intereses.

III. Calculo del interes real

El interes real se determinara conforme al siguiente procedimiento:

1. Se obtendra el factor de ajuste dividiendo el INPC del ultimo mes del periodo entre el INPC del primer mes del periodo
2. Se multiplicara el saldo promedio de la inversion por el factor de ajuste menos uno, obteniendo el ajuste por inflacion
3. Se restara el ajuste por inflacion del total de intereses nominales percibidos

IV. Constancia de intereses

Las instituciones del sistema financiero expediran una constancia anual que contenga la informacion de los intereses nominales pagados, las retenciones efectuadas y el interes real determinado, a mas tardar el 15 de febrero del ano siguiente.

V. Acreditamiento de retenciones

Las retenciones efectuadas por las instituciones financieras tendran el caracter de pago provisional y podran acreditarse contra el impuesto anual del contribuyente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores de Negocio recomienda a las personas fisicas con inversiones financieras significativas verificar cuidadosamente las constancias emitidas por los bancos. Es frecuente que las instituciones financieras cometan errores en el calculo del interes real, particularmente en periodos de alta inflacion. La perdida por intereses puede aprovecharse para reducir la base gravable de otros ingresos. Ademas, es importante considerar que existen tasas de retencion diferenciadas segun el tipo de instrumento financiero.

Herramientas Relacionadas

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 189 del RLISR?

Desarrolla las disposiciones reglamentarias para el tratamiento de los ingresos por intereses obtenidos por personas fisicas, incluyendo las reglas de retencion, acumulacion y calculo del interes real.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 189 de la Reglamento LISR?

SDV Asesores de Negocio recomienda a las personas fisicas con inversiones financieras significativas verificar cuidadosamente las constancias emitidas por los bancos. Es frecuente que las instituciones financieras cometan errores en el calculo del interes real, particularmente en periodos de alta inflacion. La perdida por intereses puede aprovecharse para reducir la base gravable de otros ingresos. Ademas, es importante considerar que existen tasas de retencion diferenciadas segun el tipo de instrumento financiero.

¿Qué herramientas de cálculo se relacionan con el Art. 189 RLISR?

Para aplicar lo dispuesto en el Artículo 189 del RLISR, SDV Asesores pone a tu disposición las siguientes herramientas: Calculadora ISR Anual PF. Estas calculadoras te permiten realizar los cálculos fiscales correspondientes de forma rápida y precisa.

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