Establece las reglas para arrendamiento de inmuebles en resico tasas aplicables, precisando los lineamientos y formalidades que los contribuyentes deben observar conforme a el articulo 113-E de la Ley.
Para los efectos de el articulo 113-E de la Ley, se observaran las siguientes disposiciones:
Para los efectos del Regimen Simplificado de Confianza, se precisan las disposiciones relativas a arrendamiento de inmuebles en resico tasas aplicables.
Los contribuyentes del RESICO deberan cumplir con los requisitos especificos establecidos para este regimen simplificado.
El procedimiento para la determinacion y pago del impuesto en el RESICO se realizara conforme a las tablas y tasas previstas en la Ley.
Los contribuyentes cumpliran con las obligaciones de facturacion, declaracion y registro correspondientes.
El incumplimiento de las obligaciones del RESICO podra dar lugar a la salida del regimen conforme a las causales previstas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El arrendamiento de inmuebles en RESICO tiene tasas aplicables especificas que difieren de las del regimen general de arrendamiento. SDV Asesores advierte que los arrendadores RESICO deben verificar que sus ingresos totales no excedan el limite del regimen. La comparacion de la carga fiscal entre el RESICO y el regimen general de arrendamiento debe realizarse antes de optar.
Art. 166. Ingresos por arrendamiento de inmuebles personas fisicas
Establece las reglas para ingresos por arrendamiento de inmuebles personas fisicas, precisando los lineamientos y formalidades que los contribuyentes deben observar conforme a el articulo 114 de la Ley.
Art. 245. RESICO - Pagos mensuales y tasas
Detalla el procedimiento para el calculo de los pagos mensuales en el RESICO, incluyendo las tasas aplicables segun el nivel de ingresos y las reglas para la determinacion de la base gravable.
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Art. 245. RESICO - Pagos mensuales y tasas
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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