RLISR

Artículo 263. Disposiciones transitorias del RESICO

Detalla las normas reglamentarias para disposiciones transitorias del resico, estableciendo los criterios y procedimientos que deben cumplirse conforme a las disposiciones transitorias de la Ley.

RESICOtransitoriasvigencia

Texto Legal

Articulo 263 — Disposiciones transitorias del RESICO

Para los efectos de las disposiciones transitorias de la Ley, se observaran las siguientes disposiciones:

I. Reglas del RESICO

Para los efectos del Regimen Simplificado de Confianza, se precisan las disposiciones relativas a disposiciones transitorias del resico.

II. Requisitos

Los contribuyentes del RESICO deberan cumplir con los requisitos especificos establecidos para este regimen simplificado.

III. Procedimiento

El procedimiento para la determinacion y pago del impuesto en el RESICO se realizara conforme a las tablas y tasas previstas en la Ley.

IV. Obligaciones

Los contribuyentes cumpliran con las obligaciones de facturacion, declaracion y registro correspondientes.

V. Incumplimiento

El incumplimiento de las obligaciones del RESICO podra dar lugar a la salida del regimen conforme a las causales previstas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las disposiciones transitorias del RESICO regulan la migracion desde regimenes anteriores y establecen plazos y procedimientos especificos. SDV Asesores senala que el cumplimiento de las disposiciones transitorias es obligatorio y su desconocimiento puede generar contingencias fiscales. Los contribuyentes que migraron al RESICO deben verificar que completaron todos los tramites de transicion requeridos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 263 del RLISR?

Detalla las normas reglamentarias para disposiciones transitorias del resico, estableciendo los criterios y procedimientos que deben cumplirse conforme a las disposiciones transitorias de la Ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 263 de la Reglamento LISR?

Las disposiciones transitorias del RESICO regulan la migracion desde regimenes anteriores y establecen plazos y procedimientos especificos. SDV Asesores senala que el cumplimiento de las disposiciones transitorias es obligatorio y su desconocimiento puede generar contingencias fiscales. Los contribuyentes que migraron al RESICO deben verificar que completaron todos los tramites de transicion requeridos.

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