Define los supuestos de configuracion de un establecimiento permanente en Mexico para residentes en el extranjero, incluyendo la figura del agente dependiente y las actividades excluidas de esta calificacion.
Para los efectos del articulo 2 de la Ley, se considerara que un residente en el extranjero tiene establecimiento permanente en Mexico cuando:
Cuente con un lugar fijo de negocios en el territorio nacional a traves del cual desarrolle total o parcialmente sus actividades, tales como:
- Sucursales u oficinas
- Fabricas o talleres
- Instalaciones o plataformas de extraccion de recursos naturales
- Lugares de construccion o instalacion de proyectos con duracion superior a 183 dias
Actue en Mexico a traves de una persona que habitualmente ejerza poderes para celebrar contratos en su nombre o mantenga existencias de bienes para ser entregados por cuenta del residente en el extranjero.
No se considerara que constituyen establecimiento permanente las actividades de caracter preparatorio o auxiliar, tales como:
- El uso de instalaciones con el unico fin de almacenar o exhibir bienes
- El mantenimiento de un deposito de mercancias para ser transformadas por otra persona
- La realizacion de actividades de publicidad o recopilacion de informacion
Se considera que una empresa de seguros residente en el extranjero tiene establecimiento permanente cuando recaude primas o asegure riesgos en territorio nacional a traves de una persona distinta de un agente independiente.
Los ingresos atribuibles al establecimiento permanente se determinaran conforme a las reglas del Titulo II de la Ley, como si se tratara de una persona moral residente en Mexico.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La configuracion de un establecimiento permanente tiene implicaciones fiscales significativas para empresas extranjeras que operan en Mexico. SDV Asesores advierte que la figura del agente dependiente es frecuentemente ignorada, generando riesgos de fiscalizacion. Las empresas multinacionales deben revisar periodicamente sus estructuras operativas en Mexico para evitar la creacion inadvertida de un establecimiento permanente.
Art. 1. Definiciones del Reglamento
Establece las definiciones aplicables al Reglamento de la Ley del ISR, incluyendo los conceptos de Ley, SAT, Secretaria y demas terminos tecnicos necesarios para la correcta interpretacion de sus disposiciones.
Art. 264. Residentes en el extranjero - Disposiciones generales
Establece las disposiciones generales aplicables a los residentes en el extranjero con ingresos de fuente de riqueza ubicada en Mexico, incluyendo las reglas de retencion, las tasas aplicables y los tratados internacionales.
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Art. 3. Ingresos en credito para personas morales
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Art. 5. Ingresos atribuibles a establecimientos permanentes
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