RLISR

Artículo 49. Enajenacion de activos fijos y baja de inversiones

Precisa las condiciones y reglas aplicables a enajenacion de activos fijos y baja de inversiones, conforme a las disposiciones de el articulo 18 fraccion IV de la Ley, incluyendo los requisitos formales correspondientes.

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Texto Legal

Articulo 49 — Enajenacion de activos fijos y baja de inversiones

Para los efectos de el articulo 18 fraccion IV de la Ley, se observaran las siguientes disposiciones:

I. Ganancia por enajenacion de activos fijos

Cuando se enajene un bien de activo fijo, la ganancia se determinara restando del precio de enajenacion el monto original de la inversion actualizado, disminuido de la depreciacion acumulada.

II. Perdida en enajenacion

Cuando el monto pendiente de deducir actualizado exceda del precio de enajenacion, la diferencia sera una perdida deducible.

III. Baja de activos obsoletos

Los activos que se den de baja por obsolescencia o por dejar de ser utiles podran deducir el saldo pendiente, siempre que se levante acta de destruccion.

IV. Donacion de activos

En caso de donacion de activos, se considerara que existe enajenacion al valor de mercado del bien para efectos de determinar la ganancia o perdida.

V. Valor de avaluo

Cuando el precio de enajenacion sea inferior al valor de avaluo, la autoridad podra considerar este ultimo como precio de enajenacion.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La enajenacion o baja de activos fijos genera una ganancia o perdida fiscal que se determina comparando el precio de venta con el saldo pendiente de deducir. SDV Asesores destaca que la ganancia se acumula y la perdida se deduce en el ejercicio de la operacion. Es fundamental actualizar correctamente el monto original de la inversion y la depreciacion acumulada al momento de la baja.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 49 del RLISR?

Precisa las condiciones y reglas aplicables a enajenacion de activos fijos y baja de inversiones, conforme a las disposiciones de el articulo 18 fraccion IV de la Ley, incluyendo los requisitos formales correspondientes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 49 de la Reglamento LISR?

La enajenacion o baja de activos fijos genera una ganancia o perdida fiscal que se determina comparando el precio de venta con el saldo pendiente de deducir. SDV Asesores destaca que la ganancia se acumula y la perdida se deduce en el ejercicio de la operacion. Es fundamental actualizar correctamente el monto original de la inversion y la depreciacion acumulada al momento de la baja.

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