RLISR

Artículo 79. Efectos fiscales de la desincorporacion

Precisa las condiciones y reglas aplicables a efectos fiscales de la desincorporacion, conforme a las disposiciones de el articulo 70 de la Ley, incluyendo los requisitos formales correspondientes.

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Texto Legal

Articulo 79 — Efectos fiscales de la desincorporacion

Para los efectos de el articulo 70 de la Ley, se observaran las siguientes disposiciones:

I. Pago del diferido por desincorporacion

Para los efectos del regimen opcional de grupos de sociedades, se regulan las disposiciones relativas a pago del diferido por desincorporacion aplicables a la sociedad integradora y sus integradas.

II. Calculo del impuesto

Se establecen las reglas para calculo del impuesto, que deberan observar tanto la sociedad integradora como las sociedades integradas del grupo.

III. Actualizacion de montos

El procedimiento para actualizacion de montos se llevara a cabo conforme a las reglas especificas del regimen de grupo.

IV. Plazo de entero

Las disposiciones relativas a plazo de entero se aplicaran considerando la participacion accionaria de la integradora en cada integrada.

V. Responsabilidad de la integrada

La sociedad integradora sera responsable de responsabilidad de la integrada del grupo ante la autoridad fiscal.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los efectos fiscales de la desincorporacion incluyen el entero del impuesto diferido, el ajuste de perdidas y la determinacion de la CUFIN individual. SDV Asesores senala que estos calculos son complejos y requieren informacion historica detallada de la sociedad desincorporada. Errores en estos calculos pueden generar pagos excesivos o insuficientes de impuestos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 79 del RLISR?

Precisa las condiciones y reglas aplicables a efectos fiscales de la desincorporacion, conforme a las disposiciones de el articulo 70 de la Ley, incluyendo los requisitos formales correspondientes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 79 de la Reglamento LISR?

Los efectos fiscales de la desincorporacion incluyen el entero del impuesto diferido, el ajuste de perdidas y la determinacion de la CUFIN individual. SDV Asesores senala que estos calculos son complejos y requieren informacion historica detallada de la sociedad desincorporada. Errores en estos calculos pueden generar pagos excesivos o insuficientes de impuestos.

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