RLIVA

Artículo 14. Momento de causacion del IVA en enajenaciones

Precisa el momento en que se causa el IVA en las enajenaciones de bienes, desarrollando el principio de flujo de efectivo y las reglas para anticipos, depositos y pagos parciales.

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Texto Legal

Articulo 14 — Momento de causacion

Para los efectos de los articulos 1-B y 11 de la Ley, el impuesto al valor agregado se causara en el momento en que efectivamente se cobren las contraprestaciones correspondientes a los actos o actividades gravados.

Se considera que la contraprestacion se cobra efectivamente cuando:

- I. Se reciba en efectivo, en bienes o en servicios, aun cuando corresponda a anticipos, depositos o a cualquier otro concepto.
- II. El contribuyente quede satisfecho en su interes juridico mediante cualquier forma de extincion de las obligaciones que den lugar a las contraprestaciones.
- III. Se reciba el pago mediante cheque, en la fecha de cobro del mismo o cuando el contribuyente lo transmita a un tercero, lo que ocurra primero.
- IV. Se reciba mediante transferencia electronica de fondos, en la fecha en que se realice la transferencia.
- V. Se reciba mediante tarjeta de credito, debito o de servicios, en la fecha en que se cobre el pago conforme al contrato respectivo.

Anticipos

Cuando se reciban anticipos a cuenta del precio, el impuesto se causara al momento de su cobro y se calculara sobre el monto del anticipo recibido, debiendo expedirse el CFDI correspondiente.

Depositos en garantia

Los depositos recibidos en garantia no se consideraran cobro de la contraprestacion, salvo que se apliquen al pago del precio o de la contraprestacion.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El principio de flujo de efectivo es la columna vertebral del IVA. En SDV Asesores de Negocio enfatizamos que el IVA se causa al momento del cobro efectivo, no al momento de la facturacion. Los anticipos generan obligacion de IVA desde su cobro y deben documentarse con CFDI de tipo anticipo. Los depositos en garantia no causan IVA mientras no se apliquen al precio, lo cual es relevante en contratos de arrendamiento.

Herramientas Relacionadas

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 14 del RLIVA?

Precisa el momento en que se causa el IVA en las enajenaciones de bienes, desarrollando el principio de flujo de efectivo y las reglas para anticipos, depositos y pagos parciales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 14 de la Reglamento LIVA?

El principio de flujo de efectivo es la columna vertebral del IVA. En SDV Asesores de Negocio enfatizamos que el IVA se causa al momento del cobro efectivo, no al momento de la facturacion. Los anticipos generan obligacion de IVA desde su cobro y deben documentarse con CFDI de tipo anticipo. Los depositos en garantia no causan IVA mientras no se apliquen al precio, lo cual es relevante en contratos de arrendamiento.

¿Qué herramientas de cálculo se relacionan con el Art. 14 RLIVA?

Para aplicar lo dispuesto en el Artículo 14 del RLIVA, SDV Asesores pone a tu disposición las siguientes herramientas: Calculadora de IVA. Estas calculadoras te permiten realizar los cálculos fiscales correspondientes de forma rápida y precisa.

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