RLIVA

Artículo 40. Determinacion de la base gravable en importaciones

Precisa los elementos que integran la base gravable del IVA en las importaciones de bienes y servicios, desarrollando los criterios de valoracion aduanera.

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Texto Legal

Articulo 40 — Base Gravable en Importaciones

Para los efectos del articulo 27 de la Ley, la base del IVA en la importacion se determinara conforme a las siguientes reglas:

Bienes tangibles

La base gravable se integra por:

- I. El valor en aduana conforme a la Ley Aduanera
- II. El monto de los impuestos al comercio exterior (arancel)
- III. Las cuotas compensatorias aplicables
- IV. Los derechos que se causen con motivo de la importacion
- V. Los incrementables conforme a la Ley Aduanera (seguros, fletes, embalajes)

Servicios

En la importacion de servicios, la base sera el monto total de la contraprestacion pagada al residente en el extranjero.

Tipo de cambio

Cuando la contraprestacion se pague en moneda extranjera, se utilizara el tipo de cambio vigente en la fecha del despacho aduanero o del pago, segun corresponda.

Moneda de facturacion

Los bienes facturados en monedas distintas al dolar estadounidense se convertiran primero a dolares y posteriormente a pesos mexicanos conforme a las reglas del SAT.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La correcta determinacion de la base gravable en importaciones requiere considerar todos los elementos del valor en aduana. En SDV Asesores de Negocio senalamos que los incrementables (seguros, fletes, embalajes) frecuentemente se omiten, generando diferencias que la autoridad aduanera puede detectar en revisiones posteriores al despacho.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 40 del RLIVA?

Precisa los elementos que integran la base gravable del IVA en las importaciones de bienes y servicios, desarrollando los criterios de valoracion aduanera.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 40 de la Reglamento LIVA?

La correcta determinacion de la base gravable en importaciones requiere considerar todos los elementos del valor en aduana. En SDV Asesores de Negocio senalamos que los incrementables (seguros, fletes, embalajes) frecuentemente se omiten, generando diferencias que la autoridad aduanera puede detectar en revisiones posteriores al despacho.

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