RLIVA

Artículo 57. Declaracion informativa de operaciones con terceros (DIOT)

Establece la obligacion de presentar la declaracion informativa de operaciones con terceros, en la que se reportan las operaciones con proveedores que trasladan IVA.

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Texto Legal

Articulo 57 — DIOT

Los contribuyentes del IVA deberan presentar la Declaracion Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) conforme a las siguientes reglas:

Obligacion de presentacion

La DIOT se presenta mensualmente conjuntamente con la declaracion de IVA, informando sobre las operaciones realizadas con proveedores.

Informacion a reportar

Por cada proveedor se debera informar:

- I. RFC del proveedor
- II. Monto de las operaciones realizadas
- III. IVA pagado al proveedor (trasladado)
- IV. IVA retenido al proveedor, en su caso

Proveedores extranjeros

Las operaciones con proveedores extranjeros tambien deberan reportarse en la DIOT, identificandolos con su numero de identificacion fiscal del pais de residencia.

Consecuencias de la omision

La falta de presentacion de la DIOT puede generar:

- Multas conforme al CFF
- Impedimento para obtener la devolucion de saldos a favor de IVA
- Requerimientos de informacion por parte del SAT

Vinculacion con el acreditamiento

La informacion de la DIOT permite al SAT verificar la congruencia entre el IVA acreditado por los contribuyentes y el IVA trasladado declarado por sus proveedores.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La DIOT es un instrumento fundamental del SAT para el cruce de informacion de IVA entre contribuyentes y sus proveedores. En SDV Asesores de Negocio enfatizamos que la omision de la DIOT puede bloquear devoluciones de saldos a favor y generar la suspension del padron de importadores, ademas de multas significativas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 57 del RLIVA?

Establece la obligacion de presentar la declaracion informativa de operaciones con terceros, en la que se reportan las operaciones con proveedores que trasladan IVA.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 57 de la Reglamento LIVA?

La DIOT es un instrumento fundamental del SAT para el cruce de informacion de IVA entre contribuyentes y sus proveedores. En SDV Asesores de Negocio enfatizamos que la omision de la DIOT puede bloquear devoluciones de saldos a favor y generar la suspension del padron de importadores, ademas de multas significativas.

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