Establece el plazo con que cuenta el IMSS para revisar el dictamen del contador publico autorizado y los procedimientos aplicables cuando se detecten irregularidades.
El Instituto contara con un plazo de doce meses a partir de la presentacion del dictamen para ejercer sus facultades de revision respecto del mismo.
Durante el proceso de revision, el Instituto podra formular requerimientos de informacion al contador publico, quien debera atenderlos dentro de los plazos senalados, proporcionando los papeles de trabajo y la documentacion soporte.
Si de la revision del dictamen se detectan irregularidades o diferencias, el Instituto notificara al patron y al contador publico, pudiendo proceder a ejercer directamente sus facultades de comprobacion.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: El plazo de doce meses para la revision del dictamen es una garantia de seguridad juridica. Si el IMSS no ejerce sus facultades de revision dentro de este plazo, el dictamen adquiere firmeza. Los contadores publicos deben estar preparados para atender requerimientos de informacion y proporcionar papeles de trabajo completos, ya que el incumplimiento puede derivar en la revision directa al patron.
Art. 181. Revision del dictamen de contador publico
Regula el procedimiento que debe seguir el IMSS cuando ejerza sus facultades de fiscalizacion respecto de patrones cuyos estados financieros hayan sido dictaminados por contador publico autorizado.
Art. 183. Responsabilidad del contador publico dictaminador
Define la responsabilidad del contador publico autorizado que dictamina el cumplimiento de obligaciones patronales ante el IMSS, incluyendo las consecuencias por emision de dictamenes falsos o con errores graves.
Anterior
Art. 181. Revision del dictamen de contador publico
Siguiente
Art. 183. Responsabilidad del contador publico dictaminador
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo