RLSS

Artículo 245. Multas por obstaculizar la fiscalizacion

Establece las sanciones aplicables a los patrones que impidan u obstaculicen el ejercicio de las facultades de fiscalizacion del IMSS.

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Texto Legal

Articulo 245 — Multas por Obstaculizar la Fiscalizacion

Los patrones que impidan u obstaculicen el ejercicio de las facultades de fiscalizacion del Instituto seran sancionados con las multas que establece la Ley.

Conductas sancionadas

Se consideran conductas obstaculizadoras: negar el acceso al domicilio, no proporcionar la contabilidad o documentacion requerida, destruir u ocultar informacion y no atender los requerimientos de informacion.

Multas

La sancion por obstaculizar la fiscalizacion consistira en multa equivalente al importe de veinte a trescientas cincuenta veces el salario minimo general, pudiendo duplicarse en caso de reincidencia.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: Obstaculizar la fiscalizacion del IMSS genera multas significativas que se duplican en caso de reincidencia. Sin embargo, es importante distinguir entre obstaculizacion y el ejercicio legitimo de derechos del patron, como verificar la legalidad de la orden de visita o solicitar la identificacion de los visitadores. Los patrones deben cooperar con las diligencias legalmente fundadas pero pueden negarse cuando los actos del Instituto no cumplan los requisitos formales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 245 del RLSS?

Establece las sanciones aplicables a los patrones que impidan u obstaculicen el ejercicio de las facultades de fiscalizacion del IMSS.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 245 de la Reglamento LSS?

SDV Asesores: Obstaculizar la fiscalizacion del IMSS genera multas significativas que se duplican en caso de reincidencia. Sin embargo, es importante distinguir entre obstaculizacion y el ejercicio legitimo de derechos del patron, como verificar la legalidad de la orden de visita o solicitar la identificacion de los visitadores. Los patrones deben cooperar con las diligencias legalmente fundadas pero pueden negarse cuando los actos del Instituto no cumplan los requisitos formales.

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