RLSS

Artículo 29. Plazos de inscripcion y movimientos afiliatorios

Consolida los plazos que deben observar los patrones para presentar los diferentes movimientos afiliatorios ante el IMSS, incluyendo altas, bajas y modificaciones salariales.

plazosmovimientos-afiliatorioscinco-diasaltabajamodificacionafiliacion

Texto Legal

Articulo 29 — Plazos de Inscripcion y Movimientos Afiliatorios

Los movimientos afiliatorios deberan presentarse dentro de los siguientes plazos:

Aviso de alta (inscripcion)

El aviso de inscripcion debera presentarse dentro de los cinco dias habiles contados a partir del inicio de la relacion laboral. El patron podra presentar el aviso de manera previa, surtiendo efectos a partir de la fecha de ingreso senalada.

Aviso de baja

El aviso de baja debera presentarse dentro de los cinco dias habiles siguientes a la fecha de terminacion de la relacion laboral o al evento que la motive.

Aviso de modificacion salarial

El aviso de modificacion de salario debera presentarse dentro de los cinco dias habiles siguientes a la fecha en que cambie el salario base de cotizacion del trabajador.

Consecuencias del incumplimiento

La presentacion extemporanea de cualquier movimiento afiliatorio:

1. No exime al patron de su obligacion de pago de cuotas
2. Genera responsabilidad por diferencias de cuotas
3. Puede dar lugar a multas y sanciones
4. En caso de siniestro, el patron puede ser responsable de capitales constitutivos

Movimientos masivos

Cuando un patron deba presentar un numero considerable de movimientos afiliatorios, podra hacerlo a traves del Sistema SUA o los medios electronicos que el Instituto autorice para cargas masivas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: Los plazos de cinco dias habiles para presentar movimientos afiliatorios son los mismos para altas, bajas y modificaciones salariales. Sin embargo, en la practica recomendamos presentar el alta ANTES de que el trabajador inicie labores (inscripcion previa) para evitar contingencias por riesgos de trabajo. Si un trabajador no inscrito sufre un accidente, el patron debera cubrir un capital constitutivo que puede representar cientos de miles de pesos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 29 del RLSS?

Consolida los plazos que deben observar los patrones para presentar los diferentes movimientos afiliatorios ante el IMSS, incluyendo altas, bajas y modificaciones salariales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 29 de la Reglamento LSS?

SDV Asesores: Los plazos de cinco dias habiles para presentar movimientos afiliatorios son los mismos para altas, bajas y modificaciones salariales. Sin embargo, en la practica recomendamos presentar el alta ANTES de que el trabajador inicie labores (inscripcion previa) para evitar contingencias por riesgos de trabajo. Si un trabajador no inscrito sufre un accidente, el patron debera cubrir un capital constitutivo que puede representar cientos de miles de pesos.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 29 del RLSS?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 29 RLSS desde tu celular