Consolida los plazos que deben observar los patrones para presentar los diferentes movimientos afiliatorios ante el IMSS, incluyendo altas, bajas y modificaciones salariales.
Los movimientos afiliatorios deberan presentarse dentro de los siguientes plazos:
El aviso de inscripcion debera presentarse dentro de los cinco dias habiles contados a partir del inicio de la relacion laboral. El patron podra presentar el aviso de manera previa, surtiendo efectos a partir de la fecha de ingreso senalada.
El aviso de baja debera presentarse dentro de los cinco dias habiles siguientes a la fecha de terminacion de la relacion laboral o al evento que la motive.
El aviso de modificacion de salario debera presentarse dentro de los cinco dias habiles siguientes a la fecha en que cambie el salario base de cotizacion del trabajador.
La presentacion extemporanea de cualquier movimiento afiliatorio:
1. No exime al patron de su obligacion de pago de cuotas
2. Genera responsabilidad por diferencias de cuotas
3. Puede dar lugar a multas y sanciones
4. En caso de siniestro, el patron puede ser responsable de capitales constitutivos
Cuando un patron deba presentar un numero considerable de movimientos afiliatorios, podra hacerlo a traves del Sistema SUA o los medios electronicos que el Instituto autorice para cargas masivas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: Los plazos de cinco dias habiles para presentar movimientos afiliatorios son los mismos para altas, bajas y modificaciones salariales. Sin embargo, en la practica recomendamos presentar el alta ANTES de que el trabajador inicie labores (inscripcion previa) para evitar contingencias por riesgos de trabajo. Si un trabajador no inscrito sufre un accidente, el patron debera cubrir un capital constitutivo que puede representar cientos de miles de pesos.
Art. 18. Obligacion de inscripcion de trabajadores
Establece la obligacion fundamental del patron de inscribir a todos sus trabajadores ante el IMSS. Es una de las obligaciones mas importantes en materia de seguridad social.
Art. 36. Obligacion de comunicar modificaciones salariales
Establece la obligacion del patron de comunicar al IMSS cualquier modificacion al salario base de cotizacion de sus trabajadores, dentro de los cinco dias habiles siguientes al cambio.
Art. 43. Obligacion de presentar aviso de baja
Establece la obligacion del patron de presentar el aviso de baja del trabajador ante el IMSS dentro de los cinco dias habiles siguientes a la terminacion de la relacion laboral.
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Art. 28. Inscripcion de oficio por el IMSS
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Art. 30. Movimientos afiliatorios por medios electronicos
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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