RLSS

Artículo 41. Ausencias e incapacidades en la modificacion salarial

Regula el tratamiento de las ausencias e incapacidades del trabajador en la determinacion y modificacion del salario base de cotizacion, estableciendo las reglas para el calculo de cotizaciones durante estos periodos.

ausenciasincapacidadescotizacionsalario-variableafiliacion

Texto Legal

Articulo 41 — Ausencias e Incapacidades en la Modificacion Salarial

Las ausencias e incapacidades del trabajador tienen los siguientes efectos en el salario base de cotizacion:

Ausencias

Cuando el trabajador tenga ausencias al trabajo sin goce de salario:

- Si las ausencias son por periodos de hasta siete dias en un mes, el patron debera seguir cotizando sobre el salario registrado
- Si las ausencias exceden de siete dias en el mes, el patron no estara obligado a cotizar por los dias de ausencia excedentes

Incapacidades

Durante los periodos de incapacidad del trabajador:

- El patron debera cotizar con base en el ultimo salario registrado ante el Instituto
- Las cuotas del seguro de enfermedades y maternidad seran cubiertas por el Instituto
- Las cuotas de los seguros de invalidez y vida, retiro, cesantia y vejez seguiran a cargo del patron

Efectos en el calculo variable

Los dias de ausencia e incapacidad no se consideran para el calculo del promedio de los elementos variables del salario, debiendo dividirse los ingresos variables entre los dias efectivamente laborados.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: El tratamiento de ausencias e incapacidades en el SBC es un area donde frecuentemente se cometen errores. El punto mas importante es que hasta siete dias de ausencia sin goce de salario en un mes no afectan la cotizacion, pero a partir del octavo dia el patron puede dejar de cotizar por los dias excedentes. En cuanto al calculo variable, los dias de ausencia e incapacidad se excluyen del denominador, lo que puede elevar el promedio diario. Este calculo debe hacerse con precision para evitar diferencias.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 41 del RLSS?

Regula el tratamiento de las ausencias e incapacidades del trabajador en la determinacion y modificacion del salario base de cotizacion, estableciendo las reglas para el calculo de cotizaciones durante estos periodos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 41 de la Reglamento LSS?

SDV Asesores: El tratamiento de ausencias e incapacidades en el SBC es un area donde frecuentemente se cometen errores. El punto mas importante es que hasta siete dias de ausencia sin goce de salario en un mes no afectan la cotizacion, pero a partir del octavo dia el patron puede dejar de cotizar por los dias excedentes. En cuanto al calculo variable, los dias de ausencia e incapacidad se excluyen del denominador, lo que puede elevar el promedio diario. Este calculo debe hacerse con precision para evitar diferencias.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 41 del RLSS?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 41 RLSS desde tu celular