FISCALES

Artículo VI.1o.A.10 K (10a.). NOTARIOS PÚBLICOS. NO TIENEN EL CARÁCTER DE AUTORIDAD RESPONSABLE PARA EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE TLAXCALA).

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

NOTARIOS PÚBLICOS. NO TIENEN EL CARÁCTER DE AUTORIDAD RESPONSABLE PARA EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE TLAXCALA).

Conforme a la Ley del Notariado para el Estado de Tlaxcala, los notarios tienen una función de orden público, toda vez que actúan por delegación del Estado, con el objeto de satisfacer necesidades de interés social como son la autenticidad, certeza y seguridad jurídica de los actos y hechos jurídicos; aunado a que son los propios particulares quienes acuden a solicitar la prestación de los servicios notariales y quienes pagan por éstos; por tanto, la actividad notarial no constituye una relación de supra a subordinación entre el notario y el gobernado, ni tiene los efectos de crear, modificar o extinguir por sí o ante sí, situaciones jurídicas que afecten la esfera legal del particular, como una nota esencial de los actos de autoridad. De modo que cuando el notario público formaliza un acto jurídico como la enajenación de un bien inmueble o un poder general para actos de dominio, no lleva a cabo algún acto de autoridad para efectos del juicio de amparo.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEXTO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2000397

Clave: VI.1o.A.10 K (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro VI, Marzo de 2012; Tomo 2; Pág. 1247

Precedentes

Amparo en revisión (improcedencia) 22/2012. Rafael Ramírez Reyes. 15 de febrero de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Higuera Corona. Secretaria: María Elena Gómez Aguirre.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo VI.1o.A.10 K (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo VI.1o.A.10 K (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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