FISCALES

Artículo 2a. XXXV/2012 (10a.). RENTA. LA TARIFA CONTENIDA EN EL ARTÍCULO 177 DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, EN RELACIÓN CON LA DEL NUMERAL SEGUNDO, FRACCIÓN I, INCISO F), DEL DECRETO DE REFORMAS A DICHA LEY (DISPOSICIONES DE VIGENCIA TEMPORAL), PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 7 DE DICIEMBRE DE 2009, NO TRANSGREDE EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD TRIBUTARIA (LEGISLACIÓN VIGENTE EN 2010, 2011 Y 2012).

Tesis aislada · Décima Época · Segunda Sala

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Texto Legal

RENTA. LA TARIFA CONTENIDA EN EL ARTÍCULO 177 DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, EN RELACIÓN CON LA DEL NUMERAL SEGUNDO, FRACCIÓN I, INCISO F), DEL DECRETO DE REFORMAS A DICHA LEY (DISPOSICIONES DE VIGENCIA TEMPORAL), PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 7 DE DICIEMBRE DE 2009, NO TRANSGREDE EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD TRIBUTARIA (LEGISLACIÓN VIGENTE EN 2010, 2011 Y 2012).

La indicada tarifa, estructurada con rangos determinados según el monto total de ingresos, una cuota fija y una tasa para aplicarse sobre el excedente del límite inferior, no transgrede el principio de proporcionalidad tributaria contenido en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ya que de su aplicación se advierte que es progresiva, pues la diferencia entre un rango y otro se compensa con la cuota fija establecida en la tabla sobre el excedente del límite inferior, con lo que se evita que el impuesto relativo se eleve desproporcionadamente. En ese tenor, el aumento en el parámetro de medición de la base gravable, que provoca un cambio de rango, al rebasar el límite superior y quedar comprendido en el siguiente, conduce a que a quien se beneficie con mayores ingresos tenga mayor carga tributaria, pues conforme aumenta el ingreso incrementa la alícuota a pagar, esto es, tal incremento en el impuesto a pagar no genera una proporción mayor a la que tiene lugar en el renglón inferior, por un aumento de la misma cuantía de la base gravable.

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Registro digital (IUS): 2000887

Clave: 2a. XXXV/2012 (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 10a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro VIII, Mayo de 2012; Tomo 2; Pág. 1350

Precedentes

Amparo en revisión 51/2012. Francisco Paulino Corpi Azcárate. 29 de febrero de 2012. Cinco votos; votó con salvedad Margarita Beatriz Luna Ramos. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretario: Juan José Ruiz Carreón.Amparo en revisión 74/2012. Alejandro López Floran y otros. 7 de marzo de 2012. Cinco votos; votó con salvedad Margarita Beatriz Luna Ramos. Ponente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Secretaria: Hilda Marcela Arceo Zarza.Amparo en revisión 124/2012. José Justino Calvario Flores. 21 de marzo de 2012. Cinco votos; votó con salvedad Margarita Beatriz Luna Ramos. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretaria: Erika Francesca Luce Carral.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2a. XXXV/2012 (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2a. XXXV/2012 (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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