Jurisprudencia · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
La petición formulada por el tercero perjudicado en el sentido de que, ante la conducta desplegada por el quejoso, se dé vista al agente del Ministerio Público de la adscripción por la probable comisión de hechos delictuosos, no vincula al juzgador de amparo para acceder a ella, en virtud de que esa pretensión se encuentra fuera del ámbito de los derechos que asisten a quien interviene en el juicio de amparo con tal carácter, habida cuenta que el interés que tiene deriva del artículo 5o. de la Ley de Amparo, y se circunscribe a que el acto reclamado subsista, razón por la cual no constituye un derecho del tercero perjudicado en el proceso constitucional, sino una facultad discrecional de la autoridad judicial federal, poner en conocimiento del representante social las conductas mencionadas.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEXTO CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 2001816
Clave: VI.2o.C. J/9 (10a.)
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [J]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XII, Septiembre de 2012; Tomo 3; Pág. 1484
Incidente de suspensión (revisión) 209/2006. Gabriela Rosete Olivera. 18 de agosto de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Armando Pallares Valdez. Secretario: Raúl Ángel Núñez Solorio.Amparo en revisión 216/2007. Francisco Armando Rodríguez Mercado. 6 de septiembre de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Armando Pallares Valdez. Secretario: Raúl Ángel Núñez Solorio.Amparo en revisión 354/2009. Raúl Hernández Vázquez y otras. 12 de noviembre de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Armando Pallares Valdez. Secretario: Raúl Ángel Núñez Solorio.Amparo directo 119/2010. Gil Sarmiento García, su sucesión. 14 de mayo de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. Elisa Tejada Hernández. Secretario: Víctor Manuel Mojica Cruz.Amparo directo 252/2012. 14 de junio de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Juan Carlos Cortés Salgado.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 800730. DOBLE TRIBUTACION, CONSTITUCIONALIDAD DE LA (LEY FEDERAL DE INGRESOS MERCANTILES, REFORMADA EL 29 DE DICIEMBRE DE 1948).
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