FISCALES

Artículo I.4o.A.18 A (10a.). REVERSIÓN DE BIENES EXPROPIADOS. LA DEVOLUCIÓN TOTAL O PARCIAL DE LO PAGADO POR CONCEPTO DE INDEMNIZACIÓN, PREVISTA EN EL ARTÍCULO 9o. DE LA LEY DE EXPROPIACIÓN, CONSTITUYE UN REQUISITO DE FORMA PARA QUE AQUÉLLA OPERE, AUN CUANDO ELLO NO HAYA FORMADO PARTE DE LOS EFECTOS DE LA SENTENCIA DEL AMPARO CONCEDIDO PARA QUE SE DECLARARA PROCEDENTE.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

REVERSIÓN DE BIENES EXPROPIADOS. LA DEVOLUCIÓN TOTAL O PARCIAL DE LO PAGADO POR CONCEPTO DE INDEMNIZACIÓN, PREVISTA EN EL ARTÍCULO 9o. DE LA LEY DE EXPROPIACIÓN, CONSTITUYE UN REQUISITO DE FORMA PARA QUE AQUÉLLA OPERE, AUN CUANDO ELLO NO HAYA FORMADO PARTE DE LOS EFECTOS DE LA SENTENCIA DEL AMPARO CONCEDIDO PARA QUE SE DECLARARA PROCEDENTE.

El artículo 9o. de la Ley de Expropiación dispone, en esencia, que si los bienes que originaron una declaratoria de expropiación no fueron destinados, total o parcialmente, al fin que le dio causa, el propietario afectado podrá solicitar a la autoridad que haya tramitado el expediente, dentro del término de cinco años, la reversión total o parcial del bien de que se trate y, en caso de que se resuelva favorablemente, el propietario deberá devolver la totalidad o la parte correspondiente de la indemnización que le hubiera sido cubierta. En atención a lo anterior, la restitución del numerario en los términos previstos por el citado precepto es un deber a cargo del indemnizado en caso de que, a petición suya, se acuerde la reversión del bien, por lo que constituye un requisito de forma para que opere esta figura, aun cuando ello no haya formado parte de los efectos de la sentencia del amparo concedido para que se declarara procedente.CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2002042

Clave: I.4o.A.18 A (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XIII, Octubre de 2012; Tomo 4; Pág. 2785

Precedentes

Queja 58/2012. Delegado del Jefe de Gobierno del Distrito Federal. 23 de agosto de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Jesús Antonio Nazar Sevilla. Secretario: Ernesto González González.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo I.4o.A.18 A (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo I.4o.A.18 A (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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