FISCALES

Artículo I.4o.A.25 A (10a.). ARRENDAMIENTO FINANCIERO. INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 15 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN PARA DEFINIR Y DELIMITAR DICHO CONCEPTO.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

ARRENDAMIENTO FINANCIERO. INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 15 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN PARA DEFINIR Y DELIMITAR DICHO CONCEPTO.

Del primer párrafo del artículo 15 del Código Fiscal de la Federación se obtiene el concepto de arrendamiento financiero para efectos fiscales (naturaleza y finalidad) y, del segundo, las formalidades que debe satisfacer el contrato respectivo, que son: celebrarse por escrito, consignar expresamente el valor del bien objeto de la operación y la tasa de interés pactada o su mecánica para determinarla. En este contexto, la redacción del artículo no debe entenderse de manera seccionada y aislada para estratégicamente construir un argumento insubsistente o falaz, basado en que sólo su primer párrafo define y delimita el concepto de arrendamiento financiero, pues no puede obviarse el segundo, en donde el legislador expresamente previó las formalidades que debe satisfacer el contrato de arrendamiento financiero, en razón de la naturaleza sustancial del negocio jurídico involucrado, al utilizar el vocablo "deberá", que tiene una connotación de cumplimiento forzozo, por lo que no es válido afirmar que contiene sólo meras formalidades no obligatorias. Lo anterior es así, en tanto que no es posible desmembrar o separar el mencionado precepto y desvincular su contenido y finalidad de satisfacer diversas condiciones.CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2002453

Clave: I.4o.A.25 A (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XVI, Enero de 2013; Tomo 3; Pág. 1928

Precedentes

Amparo directo 565/2011. Candies Mexican Investments, S. de R.L. de C.V. 28 de junio de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Jean Claude Tron Petit. Secretario: Marco Antonio Pérez Meza.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo I.4o.A.25 A (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo I.4o.A.25 A (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

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