Tesis aislada · Décima Época · Primera Sala
Las funciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación son preponderantemente jurisdiccionales, con algunas excepciones previstas en las leyes. Con independencia de ello, este alto tribunal recibe un gran número de promociones en las que se plantean consultas o solicitudes, sin que exista una causa específica que las genere conforme a las vías de impugnación formalmente establecidas. Dicha situación motivó la creación de los expedientes "Varios", cuyo conocimiento corresponde a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pues la misma tiene la facultad para determinar por sí misma los límites que circunscriben sus funciones y, en general, su competencia, estando constreñida a otorgar una respuesta congruente a las promociones que reciba.
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Registro digital (IUS): 2002529
Clave: 1a. I/2013 (10a.)
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 10a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro XVI, Enero de 2013; Tomo 1; Pág. 636
Varios 983/2011. Magistrado integrante del Décimo Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito. 19 de septiembre de 2012. Cinco votos. Ponente: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Secretario: Javier Mijangos y González.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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